El presente informe tiene como objetivo valorar la constitucionalidad, validez y encaje normativo, legal y competencial de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 1/2018, de 22 de Febrero, de Coordinación de los Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
Una vez que un Agente de Policía ha impuesto una sanción, ¿tiene la obligación de darle la tramitación administrativa necesaria?
Es un hecho conocido que los Agentes de Policía disponen de potestad sancionadora, por lo que tienen la facultad de imponer sanciones de tráfico. La duda la encontramos sobre quién debe custodiar el boletín de denuncia que se queda el Agente, una vez se ha entregado la copia al ciudadano sancionado.